Entre las diferentes actividades llevadas a cabo desde la Escuela del Mármol de Fines, se van a empezar a impartir formación relativa a Contratos para la formación en alternancia que tienen como objetivo compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
La Escuela del Mármol de Fines va a poner en marcha, por primera vez, dos itinerarios formativos para dar respuesta a las necesidades de formación de las personas trabajadoras con contratos para la formación en alternancia en el sector de la piedra natural.
Esos dos itinerarios son los siguientes:
- Elaboración de piedra natural (15 alumnos).
- Artesanía en piedra natural (15 alumnos).
Programa de Formación en Alternancia
El contrato para la formación en alternancia tiene como objetivo compatibilizar la actividad laboral retribuida con los correspondientes procesos formativos en el ámbito de la formación profesional, los estudios universitarios o del Catálogo de especialidades formativas del Sistema Nacional de Empleo.
Para el cumplimiento con el objetivo de cualificación profesional, la actividad laboral desempeñada en régimen de alternancia ha de complementar, coordinarse e integrarse con la actividad formativa en un programa común, en el marco de los acuerdos y convenios de cooperación con las empresas.
Requisitos de las personas trabajadoras
Los requisitos para participar son los siguientes:
- No se podrán celebrar contratos formativos en alternancia cuando la actividad o puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por la persona trabajadora en la misma empresa bajo cualquier modalidad por tiempo superior a seis meses.
- Deberán acreditar nivel académico de Graduado en ESO o equivalente.
- Deberán carecer de la cualificación profesional reconocida por el sistema de Formación Profesional para el Empleo, para el puesto de trabajo u ocupación objeto del contrato.
- La persona contratada debe tener una edad entre 16 y 30 años.
- No será de aplicación el límite máximo de edad cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad o con los colectivos en situación de exclusión social previstos en el artículo 2 de la Ley 44/2007, de 13 de diciembre, para la regulación del régimen de las empresas de inserción, en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente.
Distribución entre la actividad laboral y la actividad formativa
La jornada laboral se distribuirá según los siguientes porcentajes
- Primer año: 65% actividad laboral- 35% actividad formativa
- Segundo año: 85% actividad laboral- 15% actividad formativa
Incentivos a la contratación y retribución
Esta modalidad tiene algunas ventajas en materia de contratación:
- Reducción del 100% en las cuotas a la Seguridad Social del trabajador contratado y del 100% en las cuotas empresariales a la Seguridad Social cuando la plantilla de la empresa sea menor de 250 personas o del 75% si es igual o mayor de 250 trabajadores.
- Reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social de 1.500 €/año, durante tres años, si se transforman en indefinidos a la finalización de su duración inicial o prorrogada. En el caso de mujeres, dicha reducción será de 1.800 €/año.
En relación a la retribución será la establecida para estos contratos en el convenio colectivo de aplicación. En defecto de previsión convencional, la retribución no podrá ser inferior al sesenta por ciento el primer año ni al setenta y cinco por ciento el segundo, respecto de la fijada en convenio para el grupo profesional y nivel retributivo correspondiente a las funciones desempeñadas, en proporción al tiempo de trabajo efectivo. En ningún caso la retribución podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo de trabajo efectivo.
Requisitos para las empresas colaboradoras
Las empresas que deseen colaborar con la Escuela del Mármol de Fines en este programa, deberán presentar electrónicamente (Destinatario: Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en Almería) esta solicitud debidamente cumplimentada y firmada.
Las solicitudes serán atendidas por orden de entrada en el registro, hasta completar el total de plazas para cada Itinerario Formativo.
Las empresas que finalmente colaboren con la Escuela, suscribirán con la Dirección Provincial del SAE en Almería el correspondiente Acuerdo de Colaboración que se debe anexar en la comunicación del contrato.
Si quieres tener más información sobre esta modalidad de contratación, consulta los siguientes documentos: